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viernes, 10 de julio de 2009

Máxima alerta sanitaria / Fin de semana con altibajos turísticos(articulo)



Un feriado signado por el temor a la gripe

Mucha gente se quedó en sus casas, en la ciudad; en Retiro, el movimiento de ómnibus era ayer escaso; la costa, despoblada.

Las pistas del cerro Catedral esperan que lleguen turistas para revertir una temporada que anticipan crítica Foto: Alfredo Leiva

Poca gente en las calles; casi nadie en los shoppings; algunos en los cines... El feriado de ayer, sin duda, estuvo signado por la epidemia de gripe A, ya que la mayoría de quienes disfrutaron del día libre decidieron pasarlo en su casa, lejos de focos de contagio y a resguardo del frío intenso. También muy pocos se animaron a viajar a centros turísticos ante la oportunidad que representa este fin de semana largo atípico (por el asueto que decretó el gobierno nacional).

Sólo algunos restaurantes, que en los últimos tiempos sintieron como pocos la merma de clientes, trabajaron en forma aceptable en el área metropolitana. Se vieron, incluso, pequeñas filas de comensales a la espera de una mesa. Y las casas de juego se mostraban rebosantes, especialmente las de las máquinas tragamonedas del Hipódromo de Palermo.

En Retiro, el movimiento era el habitual. La estación funcionó al 50 por ciento de su máxima capacidad, según pudo observarse durante una recorrida realizada por LA NACION. Sólo se sumaron unos 100 ómnibus a los 1800 servicios que parten diariamente desde esa terminal. La mayoría de los que llegaban con bolsos, iba a visitar a familiares que viven en el interior o a trabajar. Sólo una pequeña minoría partía en plan turísti

Algunas compañías como BASA (que maneja Costera Criolla) admitieron que en este fin de semana las ventas se comportaron como en un día de semana normal: "Estamos trabajando como en un miércoles cualquiera, a pesar de ser fin de semana largo. Los micros salen con 20 o 30 lugares libres", dijo un operador. En las ventanillas de Chevallier destacaron que el bajón en la venta de pasajes podrá ser corroborado la semana entrante.

Un representante de Expreso Tigre Iguazú confirmó: "La gente que salió de turismo viajó ayer [por anteayer]. Hoy [por ayer] está muy tranquilo. La mayoría compra pasajes para viajar por trabajo".

Entre algunos pasajeros, la gripe A estaba presente. Julio Enrique Fortínez, de 53 años, viajó a La Pampa por trabajo. "Como sé que el ómnibus es un lugar de contagio importante, traje mi alcohol en gel y mi barbijo. Si pudiera no viajar, lo haría. Pero me previne y no tengo miedo", aseguró.

En cambio, José Bianco, de 47 años, que viajó a Tucumán para visitar a familiares de su esposa, tuvo otra actitud: "No tenemos miedo de contagiarnos. La verdad, ni pensamos en ese tema antes de venir para acá."

El asueto sanitario dispuesto por el Gobierno para la administración pública nacional no fue acatado por los gobiernos de la ciudad de Buenos Aires y de algunas provincias, por lo que éste no es un fin de semana largo para todo el país. Es más: en la ciudad funcionarán hoy todos los servicios y el estacionamiento será como en días hábiles.

Sin diferencias

En tanto, fuentes de la Policía Vial bonaerense informaron a LA NACION que el flujo vehicular hacia los principales destinos de la costa atlántica fue de unos veinte automóviles por minuto, que cruzaron durante la mañana, entre las 8 y las 12, el puesto de control Samborombón. No hubo embotellamientos ni demoras.

Alrededor de 7000 vehículos en total se habían movilizado hacia esos destinos, hasta las 18 de ayer.

Los que decidieron pasar unos días en la costa se encontrarán con un sol espléndido, pero con mucho frío. El viento helado e intenso que sopló ayer durante todo el día en Mar del Plata constituyó la bienvenida a los pocos turistas que animaron a salir de casa.

El sector hotelero reconoció muy poca demanda de habitaciones para estos días. Sólo en los establecimientos de mayor categoría se pudo percibir un movimiento algo más notorio. "La ocupación en nuestro caso es buena y ronda el 70 por ciento", dijo Federico Uberto, gerente de Operaciones del hotel Costa Galana. Es un porcentaje que supera los registros habituales de un fin de semana común, pero que está por debajo de los fines de semana largos tradicionales.

Los visitantes, que han consultado sobre medidas preventivas que se adoptan en la ciudad ante el avance de la gripe A, se encontraron con una ciudad con servicios acotados. Los casinos están cerrados y los bares nocturnos o discotecas se comprometieron a permanecer cerrados o abrir con una ocupación máxima del 30% de su capacidad real.

En el aeropuerto internacional de Ezeiza, en tanto, ayer la imagen fue de un movimiento intenso. Es que con el agregado de días de descanso a la quincena habitual de vacaciones en todo el país, muchas familias decidieron emprender un viaje al exterior.

Un feriado signado por el temor a la gripe

Fuente: www.lanacion.com.ar



jueves, 2 de julio de 2009

Algo para tener muy en cuenta.

Estimados Estudiantes Remito Resolución 471/2009 para que ustedes puedan no solo valerse de ella si lo necesitan también sean quienes coloquen en sus instituciones este instrumento legal para la protección de sus compañeros de trabajo, familias que pueden y deben como ciudadanos saber de este instrumento .Recuerden que toda colega embrazada NO pude estar prestando servicios y goza según esta resolución del Art 1º Además lean todo los artículos

Que la institución, llámese sus integrantes y todos los actores sociales la conozcan hace a nuestra obligación profesional

Un cordial saludo para todos. Beatriz Morrone

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

SALUD PUBLICA Resolución 471/2009

Influenza A (H1N1). Establécese una licencia preventiva para los trabajadores de la Administración Pública y del Sector Privado.


Bs. As., 1/7/2009
VISTO la Ley Nº 26.456, Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:
Que la situación producida por la INFLUENZA A (H1N1) y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral hacen necesario, con una finalidad de prevención, adoptar las medidas tendientes a brindar la mejor protección a las personas involucradas, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las condiciones productivas de la nación.

Que por Ley 26.456 se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la Ley
26.204, prorrogada por su similar 26.339, hallándose en consecuencia vigente la emergencia en materia social.

Que mediante una interpretación armónica e inclusiva de las normas antes referidas, debe impulsarse la adopción de medidas que tiendan a preservar las relaciones de producción y empleo y la protección del salario que en forma habitual perciben los trabajadores y las trabajadoras y la integridad
de sus núcleos familiares.

Que la presente medida se dicta ante las excepcionales circunstancias antes referidas y en uso de las facultades conferidas en el artículo 23 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, en concordancia con los preceptos de la Ley Nº 26.204, prorrogada
por sus similares Nros. 26.339 y 26.456.

Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE
:

Artículo 1º — Establécese una licencia preventiva por QUINCE (15) días corridos, a partir del 3 de julio del corriente año, con goce íntegro de haberes, para las mujeres embarazadas y para los trabajadores inmuno comprometidos o que padezcan enfermedades oncológicas o enfermedades que le provoquen inmuno supresión o patologías cardíacas crónicas, diabetes o afecciones respiratorias. El trabajador o la trabajadora para gozar de esta licencia deberá acreditar tal situación mediante certificado médico.

Art. 2º — El trabajador o la trabajadora que tuviera que atender el cuidado de su grupo familiar primario en virtud de la enfermedad INFLUENZA A (H1N1) tendrá derecho a gozar de un período de licencia de QUINCE (15) días corridos con goce íntegro de haberes, debiendo reintegrarse a las tareas a la finalización de la misma.

Art. 3º — El trabajador o la trabajadora para gozar de licencia en virtud de la enfermedad de alguno de los integrantes de su grupo familiar primario, deberá acreditar mediante certificado médico la existencia de afección específica por la INFLUENZA A (H1N1) o, en su caso, la sintomatología que determine una posibilidad cierta de dicha afección.

Art. 4º — El empleador podrá ejercer las facultades de control médico respecto de los integrantes del grupo familiar primario, exclusivamente en relación a la constatación de la existencia de INFLUENZA A (H1N1) o de la sintomatología vinculada a esta enfermedad, cuando ello sea la causa de la licencia acordada.

Art. 5º — Los plazos de licencia se computarán a todos los efectos como tiempo de servicio.

Art. 6º — Los empleadores no podrán deducir de los haberes de los trabajadores los premios o adicionales establecidos por puntualidad, asistencia, presentismo u otros conceptos ligados a éstos, cuando los motivos que pudieran ocasionar su pérdida se deriven de la licencia que le hubiese sido acordada por padecer el trabajador o algún integrante de su grupo familiar primario de la INFLUENZA A (H1N1) contemplada en la
presente norma.


Art. 7º — En toda otra situación derivada de medidas dispuestas en prevención de la INFLUENZA A (H1N1) no prevista en los artículos precedentes, los empleadores procurarán adoptar medidas adecuadas para la protección de la salud psicofísica de sus dependientes y facilitar la atención integral del grupo familiar primario.

Art. 8º — Establécese que las disposiciones de la presente Resolución serán aplicables a los trabajadores y a las trabajadoras tanto de la Administración Pública Nacional como del Sector Privado.

Art. 9º — Delégase en la SECRETARIA DE TRABAJO el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas que requiera la aplicación de la presente Resolución.

Art. 10. — Invítase a las Provincias y a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a
adherir a las disposiciones de la presente resolución mediante el instrumento legal correspondiente.

Art. 11. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.